domingo, 21 de octubre de 2012

diario


La seguridad alimentaria.

La seguridad alimentaria es, según la cumbre mundial sobre la alimentación:
“Cuando las personas tienen acceso físico y económico a suficiente alimento,  seguro y nutritivo, para satisfacer sus necesidades alimenticias y sus preferencias, con el objeto de llevar una vida activa y sana.”
Según PESA-FAO:

“el acceso de las familias de las zonas rurales marginadas a  suficientes alimentos saludables y nutritivos para satisfacer sus necesidades alimenticias con el objeto de llevar una vida activa y sana, preferentemente basado en el aprovechamiento de los recursos locales, sustentado en aspectos ambientales, sociales y económicos, y con certidumbre en el tiempo.”
Indistintamente de las definiciones con matices más, matices menos, quedan los siguientes como elementos sustentadores del concepto (Paz y Sánchez, 2002):

  • Es un derecho humano básico, por lo tanto, es una obligación del Estado garantizar su accesibilidad.
  • Implícito se encuentra el reconocimiento y respeto de la diversidad, costumbres, tradiciones y prácticas de las personas, es decir la cultura relacionada con la producción, transformación, comercialización y consumo, en la visión de reforzar prácticas positivas.
  • La equidad en la distribución de los recursos que implican a todos garantizar la seguridad alimentaria nutricional, sin distinción de sectores sociales, geografía, raza, sexo y edad, es decir, sin exclusión.
  • La sostenibilidad, para aprovechar los recursos naturales y el capital social para satisfacer las necesidades de la población, preservándolos para el futuro.
  • La estabilidad  hacia el acceso de todos/as las personas a los alimentos en forma permanente en el tiempo y el espacio de acuerdo a la producción y a la vocación productiva de alimentos.
  • La inocuidad, que significa la obtención y uso de productos inocuos, es decir que no causen daño al ser humano, a los animales y al medio ambiente en todo el proceso de la cadena agroalimentaria.



Las organizaciones sociales nucleadas en la Vía Campesina elaboraron en 1996 el concepto de soberanía alimentaria como:

“El derecho de los pueblos a definir  sus propias políticas de producción, distribución y consumo, incluyendo el derecho de los pueblos a priorizar la producción agrícola local para alimentar a su población, el derecho de los campesinos a producir sus propios alimentos, el derecho de los países a protegerse de las importaciones agrícolas y alimentarias de bajos precios (dumping), la participación de los pueblos en la definición de la política agraria, entre otros.”
La soberanía alimentaria no niega el  comercio, al contrario, promueve la formulación de políticas comerciales y prácticas que apoyen el derecho de los pueblos a una producción segura, saludable y ecológicamente  sostenible.

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