La
seguridad alimentaria.
La
seguridad alimentaria es, según la cumbre mundial sobre la alimentación:
“Cuando
las personas tienen acceso físico y económico a suficiente alimento, seguro y nutritivo, para satisfacer sus
necesidades alimenticias y sus preferencias, con el objeto de llevar una vida
activa y sana.”
Según
PESA-FAO:
“el
acceso de las familias de las zonas rurales marginadas a suficientes alimentos saludables y nutritivos
para satisfacer sus necesidades alimenticias con el objeto de llevar una vida
activa y sana, preferentemente basado en el aprovechamiento de los recursos
locales, sustentado en aspectos ambientales, sociales y económicos, y con
certidumbre en el tiempo.”
Indistintamente
de las definiciones con matices más, matices menos, quedan los siguientes como
elementos sustentadores del concepto (Paz y Sánchez, 2002):
- Es un derecho humano básico, por lo
tanto, es una obligación del Estado garantizar su accesibilidad.
- Implícito se encuentra el reconocimiento
y respeto de la diversidad, costumbres, tradiciones y prácticas de las
personas, es decir la cultura relacionada con la producción,
transformación, comercialización y consumo, en la visión de reforzar
prácticas positivas.
- La equidad en la distribución de los
recursos que implican a todos garantizar la seguridad alimentaria
nutricional, sin distinción de sectores sociales, geografía, raza, sexo y
edad, es decir, sin exclusión.
- La sostenibilidad, para aprovechar los
recursos naturales y el capital social para satisfacer las necesidades de
la población, preservándolos para el futuro.
- La estabilidad hacia el acceso de todos/as las personas
a los alimentos en forma permanente en el tiempo y el espacio de acuerdo a
la producción y a la vocación productiva de alimentos.
- La inocuidad, que significa la obtención
y uso de productos inocuos, es decir que no causen daño al ser humano, a
los animales y al medio ambiente en todo el proceso de la cadena
agroalimentaria.
Las
organizaciones sociales nucleadas en la Vía Campesina elaboraron en 1996 el
concepto de soberanía alimentaria como:
“El
derecho de los pueblos a definir sus
propias políticas de producción, distribución y consumo, incluyendo el derecho
de los pueblos a priorizar la producción agrícola local para alimentar a su
población, el derecho de los campesinos a producir sus propios alimentos, el
derecho de los países a protegerse de las importaciones agrícolas y
alimentarias de bajos precios (dumping), la participación de los pueblos en la
definición de la política agraria, entre otros.”
La
soberanía alimentaria no niega el
comercio, al contrario, promueve la formulación de políticas comerciales
y prácticas que apoyen el derecho de los pueblos a una producción segura,
saludable y ecológicamente sostenible.
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